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La Notificación electrónica al Contribuyente

23 agosto, 2019

La notificación de las actuaciones de la administración tributaria debe efectuarse a la dirección informada por el contribuyente y, a partir de las modificaciones que adicionó la Ley 1943 del 2018, esta puede ser electrónica, indicó el Ministerio de Hacienda.

A partir del 1º de julio del 2019, la notificación por medios electrónicos será el mecanismo preferente para notificar al contribuyente, responsable, agente retenedor y/o declarante.

Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, por ejemplo, están obligados a registrarse dentro de los 30 días siguientes al inicio de sus actividades, lo cual obliga al municipio a implementar un registro, junto con las reglas para la inscripción, actualización y cancelación. Será mediante el mismo que se establezca la obligación de informar la dirección electrónica.

Fuente: Ámbitojuridico

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